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El lado oscuro te atrapa
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MensajePublicado: Dom, 25 Jul 2021, 12:50 
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Registrado: Dom, 25 Jul 2021, 12:26
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Cómo transferir la titularidad de un vehículo a otra persona

El cambio de titularidad, lo puede realizar cualquier persona por su propia cuenta. Siempre y cuando, recordando que debe conocer todo el procedimiento, que va desde los documentos que debe otorgar, hasta el paso a paso que debe hacer ante el Registro de la Dirección General del Tráfico (DGT) e España.

Para continuar con la gestión de este cambio de titularidad de vehículo, debes seguir estos pasos que son:

Hacer la solicitud de una cita previa para la transmisión de autos, mediante el sitio web oficial de la DGT.

Pagar el impuesto que corresponde a las transmisiones patrimoniales, que sería de la Forma Modelo 620. Para obtener este documento, solo debes acceder a la página principal de la DGT o bien, solicitarla de manera presencial en el Departamento de Hacienda de tu comunidad autónoma.

El monto que tienes que pagar, va a depender de muchos factores, por ejemplo, los años de uso que tiene el auto, el año del modelo, la potencia de vehículo, el estado en el que se encuentra, entre otros.

Cancelar el monto que corresponda según sea la tasa de jefatura de tráfico con la Forma Modelo 790. Este pago se puede hacer de muchas formas, una de ellas es haciendo un depósito bancario o con tarjeta de crédito en cualquiera de las oficinas de DGT. Luego de este pago, debes adjuntarlo con la solicitud oficial de la transmisión de vehículos.

Debes consignar todos y cada uno de los documentos y formas que obtengas, firmadas y selladas por las autoridades competentes en cualquiera de las Jefaturas de Tráfico que esté más cercana a tu domicilio. Serviría, de igual manera, la Jefatura de Tráfico en la que se haya matriculado el automóvil. Siendo ella misma quien se encargue de emitir el nuevo permiso de circulación con el nombre de su nuevo dueño.

Con estos pasos ya completados, las partes interesadas podrán terminar de realizar esta solicitud. Algo importante de recordar, es que cualquiera de las dos partes interesadas debe estar presentes durante el proceso, bien sea el dueño o el comprador.

Dado sea el caso de que uno de los dos no pueda estar de manera presencial, debe entregar una copia de IND y una autorización por escrito para poder continuar con el trámite.
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MensajePublicado: Mié, 28 Jul 2021, 05:44 
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Motero mayor
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Registrado: Dom, 30 Jul 2017, 06:19
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Ubicación: Zamora
Modelo/año: Tracer 900 GT ´19
Color: Azul
Buena información, pero te falta algo importante, el contrato de compraventa. 3 copias, para el vendedor, para el comprador y para hacienda.
Dicho contrato se puede conseguir en hacienda o por internet, por ejemplo:

en .odt:
https://drive.google.com/file/d/19wZVOm ... fM-nx/view
en .txt:
https://drive.google.com/file/d/1JR9ytz ... I1oEP/view
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